lunes, 23 de abril de 2012

Perros de asistencia en el transporte público

 El Consejo para la Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras de la Comunidad de Madrid está trabajando para permitir el acceso de los perros de asistencia al transporte público y regular su situación, han informado a Europa Press fuentes de la Consejería de Transportes e Infraestructuras.

   Precisamente la Defensora del Pueblo, María Luisa Cava de Llano, investigó la situación en la región y concluyó que la Comunidad veía  "factible" aprobar una normativa en la que se regulara el acceso a los distintos modos de transporte colectivo de viajeros de la región a personas acompañadas de estos animales, cuando concurran discapacidades u otros trastornos o enfermedades invalidantes.

   Así lo recoge el informe anual de esta institución, presentado recientemente, que explica que el Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid no permite viajar en transporte público en compañía de un perro, salvo que se trate de perros guías en caso de invidentes.

   También se permite, según destaca esta institución, la presencia de pequeños animales domésticos, "siempre y cuando sean transportados en receptáculos idóneos y no produzcan molestias al olfato, oído o en general al confort de los restantes viajeros".

   La Asociación Española de Perros de Asistencia explica que estos animales son perros que realizan pequeñas acciones que sirven de ayuda a personas que tienen algún tipo de discapacidad como recoger cosas del suelo, apagar y encender luces, ayudar a elevar un brazo o una mano, o avisar a una persona.

SIN NORMATIVA

   Solo en algunas comunidades autónomas hay leyes. En la mayoría, a diferencia de los perros guía, los perros de asistencia no pueden entrar en transportes o restaurantes, si se les impide el paso. En España la fundación ONCE del perro-guía sólo homologa sus propios perros-guía o perros-guía de escuelas de reconocido prestigio.

Desde la Consejería de Transportes recuerdan que existe una ley que regula el acceso de las personas ciegas o con deficiencia visual usuarias de perro guía al entorno, una normativa de la Comunidad de Madrid cuyo contenido no es estrictamente de transportes, sino más amplio.

   Los operadores de transportes de la Comunidad regulan este aspecto en el reglamento de viajeros. En el caso de Metro, por ejemplo, como regla general, no se permite el acceso a la Red de Metro con animales, salvo que sean pequeños animales domésticos y vayan transportados en receptáculos idóneos.

   En cuanto al acceso con perros de asistencia personal, se permite el acceso de perros-guía acompañantes de personas invidentes o con deficiencia visual y el acceso de perros-guía en proceso de adiestramiento, acompañados de sus entrenadores.

   Para el acceso a las instalaciones, el futuro perro-guía tiene que llevar el chaleco distintivo de su condición, y la persona responsable del mismo disponer de un carnet tipo que le acredita como educador o instructor y entrenador de la Fundación ONCE.

   Por otro lado, se permite el acceso de perros especialmente adiestrados como asistentes, acompañando a personas que presenten algún tipo de discapacidad por la que pudieran precisar de ayuda para su autonomía o para avisarlas de situaciones de riesgo.

   Dichos perros tienen que ir siempre sujetos y la persona responsable debe disponer de la documentación que acredite la necesidad de ser acompañada por un perro de asistencia, y de la correspondiente a la certificación de entrenamiento especial, como por ejemplo, perros entrenados para la detección anticipada de una hipoglucemia en personas diabéticas.